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 Quiénes somos
 

 Con motivo de la visita que recientemente realizó a Tarazona la Directora de la Revista 'Annales' de la Sociedad de las Ciencias de Nueva York, Barbara Goldmann, Ph. D., para conocer el barrio judío de la misma, un grupo de personas de la ciudad, gente de la cultura, historiadores, arquitectos etc., hemos decidido crear una Asociación de Amigos de la Cultura Judía de Tarazona, a la que hemos convenido en denominar "Moshe de Portella"

          La Asociación tiene como fines determinados:

          1. Dar a conocer la cultura y la historia de la Comunidad Judia de Tarazona y de su Comarca.
 

          2. Establecer relaciones de amistad y de colaboración cultural con entidades judías de todo el
          mundo y con las entidades de Amistad Hispano-Judea existentes, o que puedan existir, en el
          territorio español.
 

          Para el cumplimiento de estos fines, la Asociación realizará las siguientes actvidades:

               Recopilar todo tipo de información y de bibliografía sobre la historia de los judios de
               Tarazona y de su Comarca.
               Organizar encuentros, jornadas, conferencias, cursos, conciertos de música sefardí ,
               recuperación de recetas de comida sefardí, y todas aquellas otras actividades que
               tiendan a promover entre los estudiosos y simpatizantes el interés por el legado de los
               judíos de Tarazona y de Aragón en particular, y de las comunidades sefardíes en
               general.
               Publicar, en la medida de nuestras posibilidades, los estudios que resulten de las dos
               anteriores actividades.
               Realizar excavaciones arqueológicas en el barrio de nuestra Judería y velar por la
               conservación y restauración de los edificios de ese barrio en su originalidad primitiva.
               Comprar el edificio singular muy antiguo, de innegable autenticidad judia, sito en la
               actual plaza de los Arcedianos del barrio de nuestra Judería.
               Crear en ese edificio un Centro de interpretación y un Museo de la cultura e historia
               sefardita de Tarazona y Aragón con su correspondiente biblioteca, y organizar en el
               mismo las actividades correspondientes.
               Realizar las gestiones oportunas para incluir a Tarazona en la Red de Juderías de
               España.
               Promocionar a Tarazona como ruta turística para grupos judios y personas amantes de
               la cultura judía de todo el mundo y facilitar viajes de turiasonenses a fin de que puedan
               conocer realizaciones actuales del mundo judío
               Crear una central de reserva de viajes organizados por las juderias de Aragón
 
 




                                        Socios Fundadores

                                         Angel Alcázar Aznar
                                         Miguel Angel Artieda
                                     Maria del Carmen de la Asunción
                                       Ignacio Javier Bona López
                                         Javier Latorre Miguel
                                         Jesús Orte Moncayo
                                            Maite Solana
                                        Angel Pellicer Coscolín
                                           Pedro Barcelona
                                         Javier Baños Albericio
                                           Doris Yamamoto
                                         Sandra Albericio Peña
                                        Manuel Ugalde Lezcano
                                            Dionisio Lasa
                                         Miguel Alvarez Garós
                                             Julio Frias
                                        Angel Esteban Maturen
                                      Jesús Ismael Alonso Jiménez

          Tarazona, enero del año 2000.
 
 
 
 

         Acta Fundacional

          Reunidas en Tarazona (Aragón) en el Hotel Brujas de Becquer, Crtra. de Zaragoza s/n, el dia 19
          de Febrero de 2000, a las 16 horas, las personas con capacidad legal, que adjunto a la
          presente ACTA se relacionan

          A C U E R D A N

             1.Constituir, al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y la Ley 191/1964, de 24
               de diciembre, una Asociación, no lucrativa, que se denominará AMIGOS DE LA
               CULTURA JUDIA DE TARAZONA "MOSHE de PORTELLA".
             2.Aprobar por unanidad los Estatutos por los que se va a regir la entidad, previa lectura de
               los mismos.
             3.Nombrar la siguiente Junta Directiva :

               Presidente :     Angel Alcázar Aznar

               Vicepresidente:    Jesús Orte Moncayo

               Secretario:        Ignacio Javier Bona López

               Tesorero:        Javier Baños Alberio

               Vocal 1º :        Manuel Ugalde Lezcano

               Vocal 2º :        Mª Carmen de la Asunción

               Vocal 3º :        Sandra Albericio Peña

             4.Designar a D. Angel Pellicer Pellicer Coscolín para realizar los trámites y formalidades
               conducentes a la inscipción de la Asociación en el Registro correspondiente.

          Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las 17 horas del día de la fecha.
 
 
 

ESTATUTOS DE LA
ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA CULTURA JUDIA EN TARAZONA "MOSHE de PORTELLA"
 

          Capítulo primero :
          Denominación, fines, domicilio, ámbito territorial

          Artículo 1º - Denominación

          Al amparo del artículo 22 de la Constitución Española, se constituye la Asociación, carente de
          ánimo de lucro, denominada AMIGOS DE LA CULTURA JUDIA DE TARAZONA "MOSHE de
          PORTELLA".

          Artículo 2º - Fines

          La Asociación AMIGOS DE LA CULTURA JUDIA DE TARAZONA "MOSHE de                  PORTELLA", tiene
          como fines determinados:
          1. Dar a conocer la cultura y la historia de la Comunidad Judia de Tarazona y de su Comarca.
          2. Establecer relaciones de amistad y de colaboración cultural con entidades judías de todo el
          mundo y con las entidades de Amistad Hispano-Judea existentes, o que puedan existir, en el
          territorio español.

          Artículo 3º - Actividades

          Para el cumplimiento de los fines señalados en el artículo 2º de los presentes Estatutos, la
          Asociación realizará las siguientes actvidades:

          1. Recopilar todo tipo de información y de bibliografía sobre la historia de los judios de
          Tarazona y de su Comarca.
          2. Organizar encuentros, jornadas, conferencias, cursos, conciertos de música sefardí ,
          recuperación de recetas de comida sefardí, y todas aquellas otras actividades que tiendan a
          promover entre los estudiosos y simpatizantes el interés por el legado de los judíos de
          Tarazona y de Aragón en particular, y de las comunidades sefardíes en general.
          3. Publicar, en la medida de nuestras posibilidades, los estudios que resulten de las dos
          anteriores actividades.
          4. Realizar excavaciones arqueológicas en el barrio de nuestra Judería y velar por la
          conservación y restauración de los edificios de ese barrio en su originalidad primitiva.
          5. Comprar el edificio singular muy antiguo, de innegable autenticidad judia, sito en la actual
          plaza de los Arcedianos del barrio de nuestra Judería.
          6. Crear en ese edificio un Centro de interpretación y un Museo de la cultura e historia
          sefardita de Tarazona y Aragón y organizar en el mismo las actividades adecuadas.
          7. Realizar las gestiones oportunas para incluir a Tarazona en la Red de Juderías de España.
          8. Promocionar a Tarazona como ruta turística para grupos judios de todo el mundo y facilitar
          viajes de turiasonenses a fin de que puedan conocer realizaciones actuales del mundo judío.

          Artículo 4º - Domicilio social

          La Asociación establece su domicilio social en c/ Mayor, nº 6, bjs. Tarazona.

          La Junta directiva, previo acuerdo de la Asamblea General, tendrá atribuciones para cambiar
          el domicilo social, así como para establecer aquellos otros locales sociales que considere
          oportunos para sus fines y actividades, comunicando los cambios que se produzcan al Registro
          correspondiente.

          Artículo 5º - Ambito Territorial

          La Asociación, en función de sus fines y la ubicación de su domicilio social, ejercerá
          fundamentalmente sus actividades en el ámbito territorial de Tarazona y su Comarca.

          Capítulo segundo
          Organos directivos

          Artículo 6º .- Organos directivos.

          La dirección y administración de la Asociación será ejercida conforme a principios
          democráticos, por la Junta Directiva y la Asamblea General.

          Artículo 7º .- Junta Directiva. Composición.

          La Junta Directiva, órgano permanente, estará compuesta por:

          Presidente
          Vicepresidente
          Secretario
          Tesorero
          Tres vocales
          .

          Artículo 8º .- Junta Directiva. Elección.

          Los cargos de la Junta Directiva serán gratuitos y serán designados por la Asamblea General
          Extraordinaria para un mandato de 4 años, mediante votación a mano alzada.

          En lo sucesivo podrán ser candidatos todos los miembros de la Asociación que cumplan el
          requisito de dos años de antigüedad.

          Las vacantes que se produzcan durante el mandato serán cubiertas por acuerdo de la Junta
          Directiva.

          Artículo 9º .- Junta Directiva. Facultades.

          Son facultades de la Junta Directiva:

          a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión administrativa de la Asociación, así como
          establecer cuentas en entidades bancarias, designando la modalidad y firmas autorizadas en
          las mismas.

          b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

          c) Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y
          estado de cuentas.

          d) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.

          e) Cualquier otra facultad relacionada con lo dispuesto en los presentes estatutos que no esté
          expresamente reservada a la competencia de la Asamblea General.

          Artículo 10º .- Junta Directiva. Reuniones.

          La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente o a petición de la
          mitad más uno de sus miembros. En todo caso, la Junta Directiva se reunirá obligatoriamente
          una vez al trimestre.
          La Junta Directiva quedará validamente reunida cuando asistan al menos la mitad más uno de
          sus miembros en primera convocatoria o tres de sus miembros en segunda. Las reuniones se
          convocarán con una antelación mínima de 48 horas por escrito. No obstante, se considerará
          validamente convocada y reunida si congregados la mitad más uno de sus miembros así lo
          deciden por mayoría.

          Los acuerdos de la Junta Directiva se adoptarán por mayoría. En caso de empate, el voto del
          Presidente será de calidad.

          Artículo 11º .- Presidente.

          El Presidente de la Asociación ejercerá las siguientes funciones:

          a) Representar legalmente a la Asociación.

          b) Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de la Junta Directiva y de la Asamblea
          General.

          c) Refrendar con su Visto Bueno la legalidad de los acuerdos y actos de la Asociación y a las
          personas que los ejecuten o tramiten.

          d) Ordenar los pagos de la Asociación.

          Artículo 12º .- Vicepresidente.

          El Vicepresidente sustituirá al Presidente en sus funciones en los casos de vacante, ausencia o
          enfermedad.

          Artículo 13º .- Secretario

          El Secretario de la Asociación ejercerá las siguientes actividades:

          a) Realizar ( o en su caso dirigir ) , las actividades administrativas de la Asociación.

          b) Custodiar los ficheros, libros y documentación de la Asociación .

          c) Expedir, con el Visto Bueno del Presidente, las Certificaciones necesarias, frente a terceros,
          relativas a los acuerdos legalmente adoptados.

          d) Desempeñar, en su caso, la jefatura del personal contratado al servicio de la Asociación y
          velar por el cumplimiento de los derechos y deberes derivados de esta contratación.

          En caso de ausencia o vacante el cargo de Secretario será ocupado por uno de los vocales,
          expresamente designado por la Junta Directiva.

          Artículo 14º .- Tesorero

          El tesorero cuidará de los fondos y de la contabilidad de la Asociación así como del cobro de
          las cuotas de los asociados y de todas aquellas actividades relacionadas con la economía de
          la Asociación.

          En caso de ausencia o vacante el cargo de Tesorero será ocupado por uno de los vocales,
          expresamente designado por la Junta Directiva.

          Artículo 15º.- Vocales.

          Desempeñarán aquellas actvidades y funciones que les sean asignadas por la Junta Directiva
          dentro de sus atribuciones.

          Artículo 16º .- Asamblea General. Composición.

          La Asamblea General, compuesta por la totalidad de los asociados, es el órgano supremo de
          la Asociación.

          Artículo 17º .- Asamblea General. Reuniones.

          La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria una vez al año ( dentro del mes de marzo)
          y en sesión extraordinaria cuando así lo acuerde la Junta Directiva.

          Las reuniones se convocarán, por escrito, con una antelación mínima de 7 dias, con indicación
          expresa del orden del dia de la reunión ( en primera convocatoria y en segunda convocatoria
          ).

          La Asamblea General quedará validamente constituida cuando asistan la mitad más uno de
          sus miembros, ( personalmente o delegada su representación en otro miembro ) en primera
          convocatoria y cualquiera que sea el número de miembros en segunda convocatoria.

          Los acuerdos se tomarán por mayoría simple, excepto en caso de modificación de Estatutos
          que será por 3/4 de asistentes.

          Artículo 18º .- Asamblea General. Facultades.

          Son facultades de la Asamblea general:

          a) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.

          b) Examinar y aprobar, si procede, el estado de cuentas.

          c) Aprobar los Presupuestos anuales de la Asociación.

          d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias de los asociados.

          e) Aprobar, modificar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva o de los asociados.

          f) Nombrar y cesar a los miembros de la Junta Directiva.

          g) Modificar los Estatutos.

          h) Disponer, gravar o enajenar bienes de la Asociación.

          i) Expulsar a asociados, a propuesta de la Junta Directiva.

          j) Integrarse o separarse de Federaciones.

          k) Solicitar la declaración de utilidad pública.

          Capitulo tercero.
          Asociados

          Artículo 19º .- Asociados.

          Podrán pertenecer a la Asociación todas las personas, mayores de edad, y con capacidad de
          obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación, y sean presentados por
          dos socios.

          Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de asociados:

          a) Fundadores, que serán los que han participado en la constitución de la Asociación.

          b) De número, los que se integren en la Asociación después de constituida.

          c) De honor los que por su prestigio o haber contribuido de modo relevante a los fines de la
          Asociación sean acreedores de esta distinción.

          Artículo 20º .- Asociados. Derechos.

          Son derechos de los asociados:

          a) Impulsar el cumplimiento de los fines de la Asociación.

          b) Participar en las actividades de la Asociación.

          c) Manifestar su opinión y expresar sus sugerencias y quejas ante los órganos de la Asociación.

          d) Ser elector y elegible para los órganos de representación de la Asociación.

          e) Ser informado y conocer las actividades de la Asociación.

          f) Ser informado sobre la situación económica y patrimonial de la Asociación.

          Artículo 21º .- Asociados. Deberes.

          a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos.

          b) Satisfacer las cuotas económicas establecidas.

          c) Asistir a las Asambleas Generales y demás actos que se organicen.

          d) Colaborar en las actividades y en la consecución de los fines de la Asociación.

          e) Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación.

          Artículo 22º .- Asociados. Régimen disciplinario.

          El asociado que incumpliere sus obligaciones para con la Asociación o que su conducta
          pública o privada menoscabe los fines o prestigio de la Asociación será objeto del
          correspondiente expediente disciplinario, del que se le dará audiencia, incoado por la Junta
          Directiva que resolverá lo que proceda.

          Si la Junta propusiese la expulsión, la propondrá a la Asamblea General, que resolverá.

          Las sanciones pueden comprender desde la suspensión temporal de sus derechos a la
          expulsión.

          Artículo 23º .- Asociados. Baja.

          Los Asociados pueden solicitar su baja de la Asociación voluntariamente, Nadie puede ser
          obligado a pertenecer ni a continuar en la Asociación.

          Asimismo causarán baja de la Asociación los asociados que incumplieren con los deberes que
          como asociados tienen, previo expediente. La baja como asociado no le exime de las
          obligaciones económicas y responsabilidades que hubiere contraído hasta la fecha de la baja.

          Capitulo cuarto.
          Régimen económico y patrimonial. Ingresos.

          Artículo 24º .- Régimen económico y patrimonial. Ingresos.

          La Asociación, para el desarrollo de sus fines y la realización de sus actividades, dispondrá de
          los siguientes recursos económicos:

          a) Las cuotas periódicas o extraordinarias legalmente adoptadas, que aporte cada asociado.

          b) Las subvenciones, legados o herencias que pudieran recibir de forma legal por parte de los
          asociados o de terceras personas , publicas o privadas.

          Artículo 25º .- Patrimonio.

          El patrimonio de la Asociación es el siguiente:

          valorado en 0 pesetas en este momento de su constitución.

          Artículo 26º .- Presupuesto anual.

          El límite del Presupuesto anual es indefinido.

          Artículo 27º .- Administración , fiscalización y control.

          La administración, fiscalización y control de su régimen económico y patrimonial se realizará
          con arreglo a las normas legales.

          Capitulo quinto
          Disolución.

          Artículo 28º .- Disolución.

          La Asociación se disolverá por decisión de los 3/4 de la Asamblea Extraordinaria convocada al
          efecto, siempre que se presente el 51% de los socios.

          En caso de disolución se nombrará una Comisión liquidadora la cual, una vez satisfechas las
          obligaciones económicas contraidas, destinará el patrimonio o recursos económicos sobrantes
          a una Asociación de fines análogos de Tarazona.

          Capitulo sexto
          Reforma de los Estatutos.

          Artículo 29º .- Reforma de los Estatutos.

          Las modificacionencia de las Asamblea General Extraordinaria, adoptándose el acuerdo por    3/4     de asistentes,
          siempre que se presente el 51% de los socios.

          Las modificaciones que se realicen se comunicarán al Registro correspondiente.

          Disposición final.

          Los presentes Estatutos fueron aprobados el día 19 de febrero de 2000, de cuyo contenido dan
          testimonio, y rubrican al margen de cada una de las hojas que lo integran, las siguientes
          personas componentes de la Junta Directiva :

          Angel Alcázar Aznar

          Jesús Orte Moncayo

          Ignacio Javier Bona López

          Javier Baños Albericio

          Manuel Ugalde Lezcano

          Mª Carmen de la Asunción

          Sandra Albericio Peña

Asociación Amigos de la Cultura Judía de Tarazona "Moshe de Portella"